Trámites para el alta y bonificaciones
Alta, Cuotas y Bonificaciones (Seguridad Social)
El trámite de alta para el familiar colaborador es más sencillo, ya que solo requiere el alta en la Seguridad Social.
¿Cómo realizar el alta?
- Vía Online (Recomendada): Se hace a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Debe identificarse (con Cl@ve, Certificado Digital o Vía SMS) y seleccionar el colectivo de "Familiar colaborador del titular de la explotación".
▶ Acceder al servicio de Alta en Trabajo Autónomo (Import@ss)
- Vía Presencial: Se presenta el Modelo TA.0521/2 (Solicitud de alta), junto con el Libro de Familia, DNI y una copia del alta de Hacienda del autónomo titular.
Bonificaciones: ¿Cuánto se paga?
Si es la primera vez que se da de alta en el RETA como colaborador (no debe haber estado de alta en los 5 años anteriores), tiene derecho a una bonificación:
- Primeros 12 meses: Reducción del 50% de la cuota por contingencias comunes.
- Siguientes 6 meses: Reducción del 25% de la cuota por contingencias comunes.
⚠️ Nuevo Sistema de Cuotas (Vigente desde 2023): La cuota que pague el colaborador se calculará en base a la previsión de rendimientos netos (ingresos reales) que se comunique a la Seguridad Social. El sistema ya no funciona con una cuota mínima fija como antes. La base de cotización se ajustará anualmente según sus rendimientos.
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